El contrato social se erige como una de las premisas teóricas sobre la cual descansa la legitimidad del Estado moderno, marcando el tránsito definitivo desde una fundamentación del poder basada en la tradición o la divinidad hacia una basada en el consentimiento de los individuos. A través del contractualismo, la filosofía política logra desarticular la visión orgánica de la comunidad para presentarla como un producto artificial de la voluntad racional de sujetos que se reconocen como iguales ante la ley.
Tabla de Contenidos
¿Qué es el contrato social?
El contrato social puede considerarse, a través de la óptica de algunos autores, como un experimento mental o una hipótesis de la razón que busca dar respuesta a la pregunta de por qué debemos obedecer a una autoridad política. La idea central de esta tradición es que el orden social no es algo natural ni impuesto por fuerzas metafísicas, sino el resultado de un acuerdo voluntario entre individuos libres. Como bien se desarrolla en la evolución del pensamiento político, este enfoque marca el inicio del individualismo metodológico: el individuo es previo a la sociedad y es su voluntad la que dota de sentido y poder a las instituciones (Sabine, 2009).
Para que esta teoría tenga sentido, los autores suelen imaginar un estado de naturaleza previo a la existencia de cualquier gobierno. En este escenario imaginario, los seres humanos poseen una libertad absoluta pero precaria, ya que carecen de una ley común y un juez imparcial que resuelva las disputas. La decisión de pactar surge de la necesidad de superar los inconvenientes de esta vida prepolítica, ya sea para evitar la violencia, proteger la propiedad o alcanzar una forma superior de libertad civil. En consecuencia, el Estado deja de ser un fin en sí mismo para convertirse en un instrumento al servicio de los fines definidos por los contratantes (Vallespín, 1995).
Teorías sobre el contrato social
El desarrollo de las teorías del contrato social pueden ser vistas como ramificaciones o puntos de vista según la antropología filosófica que cada autor asume como punto de partida. Las visiones de Hobbes, Locke y Rousseau articulan los tres grandes ejes sobre los que gira la legitimidad del Estado moderno.
Thomas Hobbes y el monarca absoluto
Thomas Hobbes es el primer gran sistematizador del contractualismo. Su obra surge en un contexto de profunda inestabilidad política, lo que condiciona su visión de la naturaleza humana como una realidad dominada por el deseo de poder y el miedo a la muerte violenta. En el estado de naturaleza, al no existir un poder común que mantenga a todos en el respeto, cada hombre tiene derecho a todas las cosas, incluso al cuerpo de los demás (Sabine, 2009).
Esta condición de libertad absoluta deriva inevitablemente en un estado de guerra de todos contra todos. Hobbes describe esta situación con una crudeza analítica que se ha convertido en un canon de la disciplina: en tal condición no hay lugar para la industria, no hay navegación, ni uso de los bienes que pueden ser importados por mar, ni artes, ni letras, ni sociedad; y lo que es peor de todo, existe un miedo continuo y peligro de muerte violenta; y la vida del hombre es solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta (Vallespín, 1995, p. 256).
La razón humana, ante la imposibilidad de prosperar en el caos, dicta que la única salida es la paz. El contrato social en Hobbes es, por tanto, un pacto de unión y sumisión simultánea. Los individuos acuerdan entre ellos ceder la totalidad de su derecho a gobernarse a sí mismos y su fuerza física a un tercero, el soberano o Leviatán, a cambio de que este garantice el orden. El soberano no forma parte del pacto; es el beneficiario absoluto de la cesión de derechos de los ciudadanos. La legitimidad de este poder absoluto no reside en la justicia moral de sus leyes, sino en su efectividad técnica para evitar el regreso al horror del estado de naturaleza (Vallespín, 1995).
John Locke y la institucionalización de los derechos naturales
John Locke ofrece una alternativa liberal que se fundamenta en una concepción mucho más optimista de la condición humana. A diferencia de Hobbes, Locke sostiene que el estado de naturaleza no es un estado de guerra, sino un estado de libertad e igualdad regulado por una ley de naturaleza. Esta ley, descubierta por la razón, enseña a quienes la consultan que, siendo todos iguales e independientes, nadie debe dañar a otro en su vida, salud, libertad o posesiones (Sabine, 2009, p. 396).
Para Locke, el ser humano ya posee derechos inalienables antes de la existencia del Estado, siendo la propiedad privada, entendida como vida, libertad y bienes, el eje central. El problema surge porque, aunque la mayoría observa la ley natural, la falta de un juez imparcial y reconocido hace que el disfrute de estos derechos sea incierto. El contrato social nace, pues, para subsanar los defectos del estado de naturaleza mediante la creación de una autoridad judicial y ejecutiva común (Vallespín, 1995).
El pacto social de Locke es un acuerdo limitado y condicional. Los individuos no renuncian a su libertad, sino únicamente al derecho de ejecutar la ley de naturaleza por mano propia. El gobierno actúa como un fideicomisario del pueblo, cuya única misión es proteger los derechos que los ciudadanos ya poseían previamente. Si el gobernante viola la confianza depositada en él y atenta contra las libertades o propiedades de los ciudadanos, el contrato se rompe y el pueblo recupera su soberanía original, teniendo el derecho legítimo de resistencia y revolución para establecer un nuevo orden (Sabine, 2009).
Jean-Jacques Rousseau y la voluntad general
Jean-Jacques Rousseau redefine el contractualismo desde una perspectiva ética y democrática que busca reconciliar la obediencia con la libertad. Para Rousseau, el hombre nace libre, pero en la sociedad civil se encuentra encadenado por un pacto espurio que solo sirve para institucionalizar la desigualdad y la propiedad de los más fuertes. Su propuesta de contrato social busca una forma de asociación que defienda y proteja con toda la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo (Vallespín, 1995).
La solución de Rousseau es la alienación total de cada individuo con todos sus derechos a la comunidad entera. De esta entrega no nace un soberano externo, sino un cuerpo moral colectivo que él denomina la voluntad general. Esta voluntad general representa el interés común y busca siempre el bien del cuerpo político (Sabine, 2009).
En este sistema, el ciudadano es al mismo tiempo soberano, porque participa en la creación de la ley; y súbdito, porque la obedece. Al obedecer leyes que él mismo se ha dado, el individuo alcanza la verdadera libertad civil, que es la autonomía moral. Rousseau es tajante en este punto: cualquiera que se niegue a obedecer a la voluntad general será obligado a ello por todo el cuerpo; lo cual no significa otra cosa sino que se le obligará a ser libre (Sabine, 2009, p. 455). El pacto rousseauniano no busca proteger al individuo frente al Estado, sino integrar al individuo en un Estado que sea la expresión de su propia libertad colectiva.
Deja de leer noticias. Empieza a entender los datos.
Cada Viernes, adelantos sobre contenido en profundidad, análisis de actualidad y teoría para que entiendas lo que pasa en el mundo.
¿Es el contractualismo una teoría robusta? Otras tradiciones de pensamiento
A pesar de su inmensa influencia, el contractualismo ha enfrentado críticas severas desde tradiciones que cuestionan la validez de fundamentar el orden político sobre un acuerdo racional e hipotético. Estas críticas han enriquecido el debate al señalar los límites del individualismo abstracto.
- El historicismo de Edmund Burke: Desde la tradición conservadora, Burke criticó la idea de que la sociedad pueda reducirse a un contrato de servicios. Para él, el Estado es una asociación que incluye a los que viven, a los que han muerto y a los que han de nacer (Sabine, 2009). Consideraba que las instituciones sociales son el producto de siglos de evolución y sabiduría acumulada, por lo que intentar reconstruirlas desde cero basándose en teorías abstractas es un acto de soberbia que ignora la realidad de los vínculos sociales orgánicos.
- El utilitarismo de David Hume: Hume atacó la base lógica del contrato original al señalar que casi todos los gobiernos se han fundado mediante la conquista o la usurpación, y no a través del consentimiento. Según Hume, la base de la obediencia política no es una promesa imaginaria, sino la utilidad social. Los ciudadanos obedecen porque entienden que el orden es necesario para la prosperidad común, no porque se sientan ligados por un pacto que nadie recuerda haber firmado (Vallespín, 1995).
- El organicismo de Hegel: Friedrich Hegel rechazó el atomismo contractualista por considerar que el individuo no es anterior a la sociedad. Para Hegel, el sujeto adquiere su identidad y moralidad únicamente dentro del Estado, que es la realización de la vida ética. Tratar al Estado como un contrato de derecho privado es un error que rebaja la dignidad de la comunidad política a un mero instrumento para fines particulares (Sabine, 2009).
- La crítica sociológica de Durkheim: Durkheim argumentó que para que un contrato sea válido, debe existir previamente un sentimiento de solidaridad y unas normas no contractuales que lo sustenten. Sin un sustrato moral previo de confianza, ningún acuerdo racional bastaría para mantener unida a la sociedad, especialmente en momentos de crisis de integración (Vallespín, 1995).
El contractualismo contemporáneo de John Rawls
En el siglo XX, tras un dominio de las tesis utilitaristas durante los dos siglos anteriores, John Rawls revitalizó las teorías del contrato social aplicándolas al problema de la justicia distributiva. Su objetivo es identificar los principios básicos de justicia que regirían una sociedad equitativa, superando el utilitarismo que a menudo justifica el sacrificio de los derechos de una minoría en favor del bienestar general (Vallespín, 1995, vol. 6).
Para lograr una imparcialidad total, Rawls propone el experimento mental de la posición original. En este escenario, los representantes de la sociedad deben elegir las reglas del juego bajo un velo de ignorancia. Esto significa que nadie sabe qué lugar ocupará en la sociedad: si será rico o pobre, hombre o mujer, con gran talento o con alguna discapacidad, o qué religión profesará. Al no saber quiénes seremos, nos vemos obligados a elegir principios que protejan a todos los ciudadanos por igual (Vallespín, 1995b).
Bajo este velo de ignorancia, Rawls argumenta que los individuos racionales elegirían dos principios fundamentales:
- El primer principio garantiza a cada persona el derecho al sistema más extenso de libertades básicas que sea compatible con un sistema similar de libertad para todos.
- El segundo principio establece que las desigualdades sociales y económicas solo son aceptables si cumplen dos condiciones: deben estar vinculadas a cargos y posiciones abiertos a todos bajo una igualdad equitativa de oportunidades, y deben redundar en el mayor beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad.
Este contractualismo contemporáneo demuestra que la idea del pacto sigue siendo la herramienta más potente para fundamentar sociedades plurales. El contrato social se convierte en Rawls en un criterio de equidad permanente que obliga a justificar las instituciones ante aquellos que ocupan la posición más desfavorable en ellas.
Tabla comparativa
| Autor | Estado de naturaleza | Objetivo del contrato social | Legitimidad de la soberanía | Derecho de Resistencia | Concepto clave |
| T. Hobbes | Todos contra todos | Seguridad | Absolutismo | No, salvo autopreservación | Seguridad |
| J. Locke | Ley natural, sin juez | Protección a la vida, libertad y propiedad | Gobierno limitado, separación de poderes | Si, frente a la tiranía | Propiedad |
| J. Rousseau | Libres, pero la desigualdad corrompe | Igualdad cívica; voluntad general | Soberanía popular | Si, el pueblo es soberano | Igualdad |
| J.Rawls | «Posición original» tras velo de ignorancia | Principios de justicia social | Autoridad derivada del consenso | Revisión | Equidad |
El análisis de la evolución del contrato social revela que esta idea constituye la médula espinal de la teoría política occidental moderna. Aunque las críticas sobre su carácter hipotético son válidas desde un punto de vista histórico, su valor reside en que nos obliga a actuar como si el orden social fuera el resultado de nuestra libre elección, lo que nos otorga una responsabilidad directa sobre la justicia de nuestras instituciones comunes.
En última instancia, la vigencia del pacto social reside en su promesa de que la política no es un destino inevitable, sino un proyecto colectivo que podemos y debemos rediseñar continuamente para que sea un espacio donde la libertad y la dignidad de cada individuo estén plenamente garantizadas.
FAQ: Preguntas Frecuentes
¿Existió realmente el contrato social en la historia?
No, los teóricos lo plantean como una hipótesis racional o un experimento mental para analizar qué hace que un gobierno sea legítimo y por qué debemos obedecer las leyes de manera voluntaria.
¿Por qué Hobbes defendía un poder absoluto si su base era el consentimiento?
Porque creía que cualquier división o limitación del poder conduciría inevitablemente al conflicto y al regreso al estado de naturaleza. Para él, la única forma de garantizar la paz duradera era que los ciudadanos cedieran todo su poder a un solo soberano con autoridad total.
¿Qué significa el derecho de resistencia en la teoría de Locke?
Es el derecho del pueblo a deponer a un gobierno que viola los derechos naturales que tenía la misión de proteger. Locke justifica la revolución si el soberano rompe la confianza depositada en él y se comporta como un tirano.
¿Cómo se diferencia la voluntad general de la opinión de la mayoría?
La voluntad general busca siempre el bien común de toda la sociedad de forma colectiva, mientras que la opinión de la mayoría puede ser simplemente la suma de intereses egoístas de un grupo que perjudican a la minoría o a la colectividad en su conjunto. En la práctica, ambos conceptos están bastante diluidos, por lo que es bastante difícil y se tiende a justificar una opinión mayoritaria como una general.
¿Qué busca lograr Rawls con el velo de ignorancia?
Asegurar la imparcialidad total en la elección de las reglas sociales. Al desconocer nuestra situación particular en la vida real, nos vemos motivados a elegir principios de justicia que protejan a todos los ciudadanos, especialmente a los más vulnerables, por si acaso resultamos ser uno de ellos.
Referencias
- Sabine, G. (2009). Historia de la Teoría Política. Fondo de Cultura Económica.
- Vallespín, F. (Ed.). (1995). Historia de la Teoría Política, 2. Alianza Editorial.
- Vallespín, F. (Ed.). (1995). Historia de la Teoría Política, 6. Alianza Editorial.
Politólogo y divulgador científico. Creador de Política (con)ciencia







